
C) Respecto de la gente que constituyen los órganos de gobierno y representación de la entidad y del órgano de control de adentro, aprobar sus nombramientos y ceses, examinar su desempeño y aprobar sus remuneraciones y otras prestaciones como ganancias monetarias y no monetarias, pensiones y subsidios, derechos a otras primas y el derecho a una indemnización por despido. F) El derecho de todos los integrantes a ser citados en tiempo y forma a las reuniones de la reunión general, tal como a asistir y formar parte en las mismas disponiendo en cualquier caso, cuando menos de un voto. Tal como el régimen de voto de los miembros en la reunión general, que va a poder establecerse sabiendo criterios de ponderación que limiten razonablemente el voto plural, garantizando, en cualquier caso, una representación equitativa y proporcionada del grupo de los miembros.
Las entidades de administración adoptarán las medidas necesarias, introduciendo la fijación de encuentres de reparto cuando sea procedente, para eludir que proyectos o posibilidades reciban cantidades desproporcionadas con relación a los rendimientos comerciales o de audiencia que se generan a lo largo de su explotación. 3.º Las condiciones para el ejercicio del derecho de revocación total o parcial del contrato de administración, previsto en el producto 158, que deberán mantener un equilibrio entre este derecho del miembro y la aptitud de la entidad de gestión para gestionar de manera eficaz los derechos que le han sido encomendados. La entidad de administración podrá saber que la revocación despliegue efectos desde el final del ejercicio en que se cumpla el intérvalo de tiempo de preaviso y no podrá condicionarla a que los derechos del titular se encomienden a otra entidad de administración salvo en lo relativo a los derechos contemplados en la presente ley cuya gestión deba efectuarse obligatoriamente por medio de las entidades de gestión. En el contrato de gestión, el titular de derechos va a deber dar consentimiento explícito, por escrito, para cada derecho, categoría de derechos o tipo de obra o prestación cuya gestión encomienda a la entidad y respecto de los territorios de su decisión, con independencia de su nacionalidad o sitio de vivienda o de establecimiento de la entidad de administración.
Tabla de Contenidos
Diferencia Entre Derechos De Autor Y Propiedad Intelectual:
D) Que se integren el nombre del creador y la fuente, salvo en las situaciones en que sea imposible. 2.º Actos de distribución de copias exclusivamente entre el personal investigador colaborador de cada emprendimiento específico de investigación y en la medida que se requiere para este emprendimiento. A) Que se lleve a cabo por una persona física exclusivamente para su empleo privado, no profesional ni empresarial, y sin objetivos directa ni de forma indirecta comerciales. D) Cuanta información adicional que el Ministerio de Educación Cultura y Deporte considere necesaria para ejercer sus funciones.
A) Fabricante de la base de datos, la persona natural o jurídica que toma la idea y acepta el riesgo de efectuar las inversiones substanciales orientadas a la obtención, verificación o presentación de su contenido. Este derecho va a tener una duración de veinticinco años computados desde el día 1 de enero del año siguiente a la fecha de realización de la fotografía o reproducción. Cuando la distribución se realice mediante venta u otro título de transmisión de la propiedad, en el campo de la Unión Europea, por nuestro titular del derecho o con su consentimiento, este derecho se agotará con la primera, más allá de que solo para las ventas y transmisiones de propiedad sucesivas que se efectúen en tal ámbito territorial. Le corresponden, también, al productor los derechos de explotación de las fotografías que fueren realizadas en el proceso de producción de la grabación audiovisual.
El Derecho De Remuneración Por Reventa De Proyectos Plásticas
Los términos propiedad intelectual y derechos de autor pueden, a veces, presentarse confusos. Ambos conceptos están relacionados, pero no son sinónimos.
Las actividades o servicios nombrados en las letras a) y b) se prestarán sobre la base de criterios justos, en particular con respecto al acceso y alcance de exactamente los mismos. Y también) A la financiación de la persona jurídica contemplada en el producto 25.10.
Es legítima la inclusión en una obra caracteristica de extractos de otras extrañas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, tal como la de obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo, siempre y cuando se intente obras ahora divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico. Tal utilización solo podrá efectuarse con fines docentes o de investigación, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del creador de la obra usada.
A) Los libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, alegatos y alocuciones, charlas, reportes forenses, explicaciones de cátedra y cualquiera otras obras de exactamente la misma naturaleza. A reserva de lo pactado entre los coautores de la obra en colaboración, estos van a poder explotar por separado sus aportaciones, a menos que ocasionen perjuicio a la explotación común. Se considera creador a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica.
Derechos De Remuneración De Autores De Obras Musicales Y Audiovisuales
La protección conocida a las bases de datos en virtud del presente producto no se va a aplicar a los programas de pc utilizados en la fabricación o en el funcionamiento de bases de datos accesibles por medios electrónicos. La protección conocida en el presente producto a estas compilaciones tiene relación únicamente a su composición en relación forma de expresión de la selección o disposición de sus contenidos, no siendo extensiva a éstos. 3.º Los otros derechos de propiedad intelectual reconocidos en el Libro II de la presente Ley.
Véase la predisposición agregada 2 del mencionado Real Decreto-ley. Las Comunidades Autónomas determinarán la composición y funcionamiento del Registro en sus propios territorios, y aceptarán su llevanza, cumpliendo en cualquier caso las reglas comunes a que se refiere el apartado anterior. La adopción de las medidas cautelares va a quedar sin efecto si no se presentara la pertinente demanda en los términos previstos en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. La acción para reclamar los daños y perjuicios a que se refiere este producto prescribirá a los cinco años desde el instante en que el legitimado pudo ejercitarla.
La omisión de los extremos mencionados en los apartados 6.º y 7.º del artículo previo va a dar acción a los contratantes para compelerse recíprocamente a subsanar la falta. En defecto de acuerdo, lo va a hacer el Juez atendiendo a las circunstancias del contrato, a los actos de las partes en su ejecución y a los usos. Va a ser nulo el contrato no formalizado por escrito, así como el que no exprese los extremos exigidos en los apartados 3.º y 5.º del artículo anterior. Los derechos de explotación correspondientes al creador no son embargables, pero sí lo son sus frutos o artículos, que se considerarán como sueldos, tanto en lo relativo al orden de prelación para el embargo, como a retenciones o parte inembargable.