
Hola Joan, lo primero que debes hacer es preguntar los estatutos de la red social para entender qué dicen sobre los bajos comerciales. En todo caso, sería recomendable acudir a un letrado. En mi red social acaban de empezar unas obras para la instalación de un contador para un local comercial que esta al lado del portal.
Me sorprende excepcionalmente esa denominación equívoca de «contrato de reserva» ya que mucho me temo que de lo que charlemos es de una compraventa habitual y corriente a la que desean mudarle el nombre, lo que me da la sensación de que le beneficia a Ud. Entiendo que no tienes derecho alguno, y que de hecho es posible que logren estimar firmar el contrato en las condiciones que tu mismo has propuesto, pero son temas discutibles; sea como fuere, antes de producir cualquier declaración de voluntad es conveniente estar seguro y no llevar a cabo ofrecimientos irreflexivos. Tenga Ud en cuenta que todo ahorro se le puede venir en contra, que el vendedor puede negarse a firmar con ese tercero, con lo que lo mucho más conveniente es firmar una compraventa a calidad de ceder a un tercero (esta solución también cabe si la vivienda no está aún construida). Si lo que ud quiere es obtener y dejar sin efecto la compraventa en el caso de no conseguir un préstamo hipotecario.
Tabla de Contenidos
Deja Una Contestación Anular La Respuesta
En cualquier caso, si en junta se ha aprobado algo diferente, asimismo habrá que tenerlo en cuenta. Hola Christian, si alquilaste la plaza de estacionamiento, es el titular de la misma quien debe cumplir con los gastos y además informar al secretario o administrador de que la plaza te la ha alquilado a ti, con el documento necesario. Si la plaza la has comprado, entonces eres tú quien debe informar del cambio de titularidad al secretario o administrador. En cualquier caso, si se informó a la comunidad, sí tienen que dejarte ingresar. Hola Felix, deberías comprobar bien la escritura de adquisición y la escritura de división horizontal, aparte de los estatutos del centro comercial.
Si no hay estatutos o crees que no se están cumpliendo, entonces lo destacado será que acudas a un letrado a fin de que logre asesorarte mejor sobre qué acciones legales llevar a cabo. Hola Manuel, debido a las situaciones de tu problema, lo más recomendable es que acudas a un abogado a fin de que te informe sobre qué medidas legales puedes tomar y cuáles son tus derechos y obligaciones con la red social. Hola Juan Antonio, el coeficiente de los locales y casas acostumbra manifestarse en los estatutos de la red social. Si no aparece, deberás consultarlo con el administrador. Hola, soy propietario de un local en que siempre hubo portero fisico, y luego conserje,que asumia entre sus funcionalidades la de limpieza de zonas comunes, y el coste del mismo se repercutía por igual entre todos los vecinos.
El Contrato De Reserva De Vivienda Construida
Ahora, se me vuelve a proponer lo de las arras, me veo «obligada» a aceptar, pero sigo sin verlo, tampoco para el vendedor (la primera nota que me envía ahora falta la inscripción de la herencia). Pero ahora viene lo destacado ironicamente comentando, la oferta nuestra no se ha presentado o la de la inmobiliaria no posee ni idea we si se ha anunciado por la parte de la la inmobiliaria exclusiva eso es lo que nos comunica la inmobiliaria con la que vamos cosa que no comprendo en tanto que nosotros no vamos con la inmobiliaria única. Lo más recomendable es que se asesore por un letrado, siempre y en todo momento digo que es obvio que estos cobran por su trabajo, pero considerablemente más costoso es el gasto inadecuado. 3.- Tengo serias inquietudes de que la operación esté sosten a IVA (pregúntelo) pero en caso afirmativo, como es natural los 3.000 deberían integrar el IVA. Espectacular contestación, me ha encantado, sintetizas perfectamente cosas sobre las que llevamos años debatiendo, y se te nota una pasión por el derecho que deberiamos tener muchos juristas.
Me estoy enterando ahora que esto no es legal, a no ser que los propietarios por unanimidad hubieran firmado un convenio excluyendo a los locales de las derramas (los costos de comunidad sí los pagan; limpieza, luz, etc. ). Vivo en una casa individual que no forma parte a ninguna comunidad de dueños. Para ello, a parte de impermeabilizar, queremos poner una escalera metálica desde entre las terrazas y barandillas alrededor. Comprendo que con esta acción no aumentamos ni el volumen, ni la edificabilidad de la vivienda, pero me aparece la duda de si la colocación de la barandilla supone la variación esencial del diseño exterior que expuse antes.
Desde este criterio, la modificación que expone semeja que supone retranquear el cerramiento de testera un 1,5 m para crear un balcón. Si en esa una parte de fachada no existen balcones, consideramos que esa modificación supondría una perturbación importante, en el sentido de importante o deslumbrante desde el criterio de afuera. B) Las innovaciones exigibles para la habitabilidad, disponibilidad, seguridad del inmueble o eficiencia energética o hídrica según su naturaleza y características, aunque el acuerdo comporte la modificación del título de constitución y de los estatutos o afecten a la composición o a la configuración exterior.
Lo sensato no es firmar un contrato y después acudir a un jurista (y fíjate bien que he distinguido jurista de gestor) sino todo lo contrario. La razón por la cual escribo es que hemos firmado el documento, pero no hemos entregado la cantidad, en tanto que quería efectivo y no llevaba en ese instante más que la tarjeta VISA. Hemos quedado en pasar a dar el efectivo, y ellos se han quedado las copias de DNI y las hojas firmadas. Si lo que pretendes es recobrar el dinero, el inconveniente es que debes demandar judicialmente y eso supone mucho más tiempo y dinero, igual interponiendo una reclamación en las áreas de trabajo de consumo, el banco decida ser más ágil; en cualquier caso consideró lamentable lo que cuentas. Sin ver los dos documentos poco puedo añadirte, lo único que te puedo recomendar es que leas pausadamente el clausurado antes de firmarlo, y que poseas presente que no es una hoja sino más bien un contrato que hay que cumplir, mucho más desconociendo los términos del mismo poco puedo añadir. Ten mucho cuidado con los prestamistas privados, pues en el más destacable de los casos vas a pagar unos intereses más altos que con un banco y unas condiciones más gravosas.