
El 30 de marzo de 2020 incurrí en propuesta de sanción por circular en bicicleta durante el Estado de Alarma. Yo presenté un recurso a dicha sanción ya que me la bicicleta era el vehículo privado que utilicé para desplazarme a llevar a cabo la adquisición de alimentación (cuando el policía municipal me paró llevaba las alforjas repletas de artículos de primera necesidad). En el recurso adjunté ticket de compra, tal como trayecto efectuado dicho día (cronología de google+ maps). El policía, se ratificó en su denuncia asegurando que me observó llevar un recorrido diferente al mostrado como prueba (que supone unos 200 metros mucho más) y además de esto hace una suposición sobre el recorrido que hubiese llevado tras recibir la demanda. Como ves el recurso de reposición es una via que tienes para lograr reclamar ante las resoluciones de las gestiones públicas.
Es por este motivo que siempre y en todo momento es requisito el permiso de todos los herederos, y que estos firmen la correspondiente escritura de aceptación; otra cosa es que sea muy recurrente que los hijos lo permitan tácitamente y permitan que de esta forma suceda, ya que si absolutamente nadie demanda, por supuesto ningún inconveniente va a existir. El inconveniente, no es abandonar la herencia futura, pues ya se ha deferido, sino lo que afirma el código es que hay que estar cierto de la desaparición del la persona a la que se va a heredar y del derecho a la herencia (en un caso así esa certidumbre no existe, pues para tener esa certeza es requisito la autorización judicial). Ciertamente en el momento en que hay un heredero único cabe la inscripción en virtud de instancia privada y sin precisar escritura, mucho más eres tu quien debe de hacer la instancia, no el usado del registro, si deseas puedes hacerla tu, puedes contratar a un letrado o administrador que te lo realice, o hacer la escritura, el problema es de costos y tiempo. 4.- Fuimos a la Red social de Madrid y aportamos los documentos requeridos (declaración tributaria que se presenta a efectos de la liquidacion de impuestos, últimas voluntades, testamento la escritura de la vivienda, etc)y nos sacaron la hoja liquidatoria del impuesto de incremento de valor de valor de los terrenos /transmisiones.-mortis-causa/. Yo presentaría una liquidación complementaria (esperar a hacienda es aguardar a una sanción) lo de protocolizar, no es sino practicar la partición de herencia, supongo que lo que sucede es que la letrado va a hacer el cuaderno particiones y se protocolizará, pero mientras que la liquidación de impuestos es obligatoria, la partición es voluntaria. ¿Es viable no abonar de momento ningún impuesto más?
¿puede Una Persona Jurídica (Compañía) Solicitar Justicia Gratuita Y Letrado De Trabajo?
No comprendo bien la pregunta, semeja que tu madre aceptó; no obstante es recurrente confundir aceptación y concurran de herencia. Al pasar los recursos por hacienda no me avisan y pasan los recursos sin mi permiso ni el de mi hermana. El bien que pasaron era una casa que era de mi abuelo.,de esto hace ahora cinco años.
1.- Aunque su pareja desde prisión puede tramitar, a través del asistente popular, la petición de un abogado de oficio, considero que usted asimismo puede ir al Instituto de Abogados y soliciar toda la documentación que se requiere para la solicitud. Bueno ahora nos hemos enterado por vecinos de mi abuelo…que se abriò el testamento y que supuestamente una tia separada de nuestra familia… Se quedo con el dinero, pero que la casa no puede hacer nada hasta conseguir la firma de mis hermanos y la mia. Hoy día me acercamiento en lima en el distrito de villa el salvador ya hace 6 años y llame a un familiar de ascope para que me hiciera el favor de averiguar alla como puedo llevar a cabo, pero me di con la sorpresa de que no saben nada por que arguyen que los papeles por el momento no estan y que se extraviaron.le agradesco esperando rápidamente su respuesta . Me gustaria tener derecho a un letrado de oficio por el hecho de que me quiero separar de mi marido y el lo desea llevar a cabo todo por las malas. Te dejo enlace a un artículo en el que se recoge la dirección de todos los Institutos de Abogados de España para que puedas localizar el de tu ciudad y pedir allí la designación de un letrado de trabajo. Debes ponerte en contacto con el Instituto de Abogados de Sevilla y allí te notificarán de los documentos que debes presentar para que te den el letrado de trabajo.
2º.- 8 meses tras el fallecimiento de la tía, fallece el padre de mi mujer, todavía no se había recibido la Liquidación del ISD de su hermana, cuya liquidación tardó 2 años mucho más en llegar (la de mi suegro llegó a su nombre como CONTRIBUYENTE y SUS HEREDEROS COMO SUJETO PASIVO). Justo al llegar la liquidación, el Profesional hace la Autoliquidación del ISD de mi suegro donde incluía el 33,33% de los bienes de su hermana (¿doble transmisión?) y restando su Liquidación. No puedes vender a tu madre sin admitir la herencia, y lo de que no basta la apostilla pues el documento ha de venir aseverado por un funcionario tampoco es preciso, pues solo se apostillan documentos públicos, y por consiguiente, documentos que vienen de un funcionario. Liquidar impuestos es una obligación legal admitir o renunciar es un derecho, que puedes ejerce o no . Al llevar la documentación al notario para llevar a cabo ambas herencias, en la notaria pone que AL NO HABER ACEPTADO LA HERENCIA (SOLO PRESENTÓ IMPUESTO) heredamos de mi tía y de mi tío por afinidad, se presenta en la oficina liquidadora me cumplimentan los impuestos se transporta al registro donde se anota como que heredamos de los dos. Es verdad que muchos compañeros míos no están de acuerdo en entrenar la partición de la herencia mientras que no se termine la declaración de herederos intestados, pero amén de que son veinte días, yo no comparto ese método, y no es la primera vez que firmo todo en conjunto.
Respecto de la aceptación es sin importancia, ya que lo que importa es la partición de la herencia por todos lo herederos, y es verdad que la ley no fija período para hacerlo, por lo que no es ningún disparate esperar a que económicamente consigas llevarlo a cabo. Obviamente el heredero único es un individuo, con lo que no se de qué forma has podido interpretar otra cosa, si se nombran herederos a 2 personas (estén o no casadas entre si), si me permites la broma religiosa, eso de que en el matrimonio abandonarás a tu padre y tu madre y te convertirás en una sola carne, es un término religioso más no un concepto jurídico. Se trata de la herencia de mis abuelos, (muertos va a hacer prácticamente 30 años), sobre la que jamás se realizó nada legalmente ni han habido actos que judicialmente entiendo que puedan sospechar una aceptación tácita. Son 2 herencias intestadas yacentes, que se corresponden con una vivienda en ruinas y unos nichos en el cementerio.
La gestoría si está obligada a dar a los herederos esa documentación. Ciertamente el Código Civil, deja a los acreedores soliciar al juez que en la medida donde la renuncia daña a sus intereses, la acepte en nombre del heredero. En caso de no haber acreedores, espero a que mi hermano me afirme algo, que es a quien le resulta interesante, y cuando me llamen la repudio y ahora esta, no? También debo decir que no sabía que existía la opción de a beneficio de inventario, cosa que seguro que hubiese ayudado mucho. Buenos días Don Francisco, además de felicitarte por éste blog del que se aprende bastante me encantaría preguntarte una cosa que es sobre herencias; procuraré dentro de lo posible plantearlo de una forma simple. La renuncia perjudica a los derechos de la hija del fallecido sobre la herencia de mi padre que todavía no hemos repartido.
Francisco muchas gracias por su aclaración voy a continuar los pasos que usted me señala y lo voy a tener informado para que logre proseguir prestando asistencia a mas personas. La declaración de hacienda y reconozco la nula propiedad se comprende como la ratificación del testamento. En Hacienda me afirmaron que debíamos enseñar una complementaria precripta al impuesto de mi padre y cambiar los importes y una abogada me dice algo de protocolizar, que no sé a que tiene relación y yo, que estoy terminando derecho, me gustaría situarme y entender todo lo mencionado, por el hecho de que en la carrera no nos enseñan nada sobre esto. La renuncia de la herencia después de vencido el plazo de prescripción fiscalmente se considera tal y como si fuera donación del denunciante a los favorecido por esa renuncia. Respecto de los procedimientos que se deben llevar a cabo, lo más importante es un acuerdo entre los herederos y contactar con notaría aportando los títulos de propiedad, el testamento, el certificado de defunción y el certificado del Registro General de Actos de Última intención.